La Contraloría General de Santiago de Cali, realizó Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Regular a la Gestión Fiscal del Municipio de Santiago de Cali (incluyendo Concejo Municipal) - Vigencia 2019, a través de la cual se evalúan los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales. Conforme a la calificación de los componentes de control de gestión, control de resultados y control financiero, se obtuvo una calificación de 76.38 puntos sobre 100, NO FENECIENDO la cuenta del Municipio de Santiago de Cali para la vigencia fiscal 2019, como consecuencia del concepto DESFAVORABLE. 

Frente a lo evidenciando en el ejercicio del control fiscal se determinó ciento doce (112) hallazgos administrativos, cuarenta y tres (43) de estos con presunta incidencia disciplinaria, cinco (5) con presunta incidencia fiscal por un valor de sesenta y un millones setenta y ocho mil cincuenta y nueve pesos ($61.078.059) y dos procesos (2) sancionatorios. 

Los hallazgos de connotación fiscal fueron: 

Hallazgo administrativo N° 13 con presunta incidencia Disciplinaria y Fiscal

Revisado el contrato No.4145.010.27.1.0094 suscrito por la Secretaría de Salud Pública Municipal por $800.000.000, con el objeto de: “(…) desarrollar intervenciones colectivas en salud a población mayor de 18 años para la promoción de estilos de vida saludable y la gestión del riesgo cardio metabólico dirigidas a mejorar el autocuidado, el mantenimiento de la salud y la prevención de enfermedades cardiovasculares y metabólicas (…)”, se pudo establecer que este estipuló dentro de las actividades que debía entregar el contratista la de desarrollar estrategias lúdicas de educación para la salud en estilos de vida saludables y enfermedades no transmisibles, para lo cual debía entregar como producto 200 kits, por valor de $20.000.000, de material educativo a 190 grupos intervenidos.

Al verificar los informes de supervisión, se evidenció la entrega de 190 kits por parte del contratista a los grupos intervenidos; y los otros 10 fueron entregados a la oficina de salud pública y vigilancia epidemiológica de la entidad auditada, sin sustentar válidamente el por qué a estos no se les está dando uso alguno, constituyéndose un presunto detrimento patrimonial de $2.000.000.

Hallazgo administrativo N° 53 con presunta incidencia Disciplinaria y Fiscal

La Secretaría de Infraestructura suscribió contrato con persona natural cuyo objeto contractual “Prestar servicios profesionales como abogada especialista para los procesos que adelanta la Secretaría de Infraestructura”, por setenta y seis millones doscientos cuarenta y ocho mil pesos ($76.248.000), cuya forma de pago es de ocho (8) cuotas de  nueve millones quinientos treinta y un mil pesos  ($9.531.000) c/u; aunque dentro de los requisitos está el de título profesional, título de posgrado y setenta y dos (72) meses de experiencia profesional, en dicho contrato no se establecieron tales actividades. El desconocimiento a estas exigencias en el procedimiento de contratación e inaplicabilidad de la circular, originó una gestión antieconómica generando con esto un detrimento por veintitrés millones doscientos setenta mil cuarenta y ocho pesos ($23.270.048).

Hallazgo administrativo N° 68 con presunta incidencia Disciplinaria y Fiscal

Por la cual se ordena un gasto para el pago del contrato electrónico de adhesión suscrito con la empresa SWIFT (Society for Worldwide Interbank Financial  Telecomunication) por valor de  ciento treinta y nueve millones cuatrocientos ochenta y nueve mil ochocientos doce pesos ($139.489.812). Se evidencia que el municipio pagó por este servicio la suma de ciento cincuenta millones de pesos ($150.000.000), es decir, diez millones quinientos diez mil cientos ochenta y ocho pesos ($10.510.188) más de lo autorizado en el acto administrativo, sin explicación razonable.

Hallazgo administrativo N° 105 con presunta incidencia Disciplinaria y Fiscal

Se evidenció que la Secretaría de Salud, en su calidad de agente retenedor no aplicó la deducción por Estampilla pro Universidad del Pacifico en los contratos de prestación de servicios y de suministro para la vigencia 2019, constituyéndose un presunto detrimento por patrimonial de $3.936.248.

Hallazgo administrativo N° 106 con presunta incidencia Disciplinaria y Fiscal

Se evidenció que la Secretaría de Salud Pública Municipal en los pagos realizados a los contratos de prestación de servicios y de suministro, de la muestra correspondientes a la vigencia 2019, en su calidad de agente retenedor presentó inconsistencias en la aplicación de los porcentajes respecto a las deducciones de ley. Lo anterior, por falta de control en la verificación de las deducciones del proceso de las cuentas por pagar, ocasionando que estos valores no hayan sido recaudados ni trasladados a los organismos correspondientes para así cumplir con los fines para los cuales fueron creados; constituyendo los hechos expuestos una presunta incidencia fiscal, por un detrimento patrimonial de veintiún millones trescientos sesenta y unos mil quinientos setenta y cinco pesos ($21.361.575).

Cabe destacar que en el informe de auditoría se detalló hecho relevante para la ciudad como:  

El recurso hídrico del Municipio de Santiago de Cali, en especial las aguas superficiales (ríos y humedales), las cuales son evaluados por la autoridad ambiental municipal DAGMA, en el perímetro urbano, se evidenció que de los seis (6) ríos monitoreados en la vigencia 2019, cuatro (4) de ellos: Cali, Aguacatal, Cañaveralejo y Meléndez, desmejoraron el Índice de Calidad del Agua ICA a la salida del perímetro urbano, para lo cual es necesario que las entidades con jurisdicción ambiental realicen el análisis de la problemática de manera interinstitucional e interdisciplinaria y las propuestas de solución a estos problemas sean intersectoriales y sistémicos.

 

OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

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