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ONTRALORIA ADVIERTE NECESIDAD DE EVALUAR CON RIGOR CONCESIÓN DEL SIUR PARA NO VIOLAR LEY DE CONTRATACIÓN

Santiago de Cali, Abril 7 de 2008. En cumplimiento de la responsabilidad legal de ejercer control fiscal a la administración de los recursos públicos del Municipio de Cali, la Contraloría General de Santiago de Cali previno hoy al alcalde, Jorge Iván Ospina, de la necesidad de evaluar con rigor financiero, técnico y jurídico la firma de un convenio interadministrativo para la concesión del Sistema de Información Unificado de Registro del MIO –SIUR, con el que se espera poner en marcha el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Cali a finales del presente año.

A través de la acción preventiva remitida por esta Contraloría se alerta al Alcalde para que las acciones emprendidas en torno al mencionado proceso cumplan cabalmente con las normas de contratación estatal fijadas en el Decreto-Ley 1150 de 2007, evitando así la ocurrencia de hechos que puedan constituir detrimento patrimonial, faltas disciplinarias o hechos punibles.

La acción preventiva, firmada por la Contralora General de Santiago de Cali, Alma Carmenza Erazo Montenegro, se refiere al reciente anuncio del alcalde de Cali sobre la decisión de firmar un convenio interadministrativo entre Metrocali, Emcali y la Empresa de Teléfonos de Bogotá –ETB- para poner en marcha el Sistema de Información Unificado de Registro del MIO –SIUR.

En sus aspectos fundamentales, la acción preventiva dice lo siguiente:

“(…) Con base en las consideraciones anteriores y sin perjuicio de las acciones que se puedan derivar de las mismas y del ejercicio del control fiscal asignado legalmente a la Contraloría General de Santiago de Cali, este ente de control fiscal municipal se permite prevenirle de la necesidad de evaluar con el cuidado y rigor financiero, técnico, jurídico y de conveniencia social la adopción de un convenio ínter administrativo que derive en la administración y manejo de los pasajes, pasajeros y recursos del Sistema Integrado de Transporte Masivo -MIO – a través de la concesión del Sistema de Información Unificado de Registro –SIUR, convenio mediante el cual se pretende subsanar la necesidad planteada en los procesos de licitación declarados desiertos en el año 2007.

De conformidad con el artículo 272 de la Constitución Política y la Ley 42 de 1993, y apoyada en la Ley 1150 de 2007, la Contraloría General de Santiago de Cali señala que la firma del referido convenio interadministrativo debe considerar que la entidad ejecutora del mismo contemple en su objeto el cumplimiento de dichas obligaciones contractuales, aspecto éste que no resulta muy claro en el caso de la Empresa de Teléfonos de Bogotá –ETB-, porque

mientras Emcali aportaría al convenio los módulos de comunicaciones ópticas y tetra, que están incluidos en su objeto y han sido parte de los dos procesos licitatorios declarados desiertos, la ETB aportaría módulos de recaudo, control de flotas, información y servicio al cliente y monitoreo que, al no formar parte de su objeto, deberían ser contratados con terceros.

Esta situación obligaría a realizar subcontrataciones que podrían hacer más onerosa la prestación del servicio del Sistema Integrado de Transporte Masivo en el Municipio de Santiago de Cali, generando situaciones financieras que podrían afectar las finanzas del municipio, derivando en posibles sobrecostos y/o detrimentos patrimoniales que no pueden sustentarse en la necesidad de darle celeridad al proceso de contratación para poner en funcionamiento el Sistema Integrado de Transporte Masivo de acuerdo a tiempos y cronogramas fijados previamente.

En este orden de ideas, la materialización del anunciado convenio interadministrativo establecería la necesidad de fijar con claridad y transparencia las responsabilidades asignadas a cada uno de los firmantes del convenio de acuerdo con el aporte efectuado por cada uno de ellos para el desarrollo del mismo.

Por estas razones, la Contraloría General de Santiago de Cali le reitera la necesidad de que la Administración Municipal de Santiago de Cali adopte acciones que le permitan verificar el cumplimiento de las citadas disposiciones, con el objeto de preservar los bienes y el patrimonio del Municipio de Santiago de Cali, así como para evitar incurrir en hechos que puedan constituir detrimento patrimonial, faltas disciplinarias o hechos punibles.

Así mismo, solicito que a este despacho sean remitidas a la mayor brevedad posible las acciones tomadas por Metrocali para asegurar el normal desarrollo del proceso y en aras del cumplimiento de los principios fundamentales de la administración publica y de la transparencia inherente a un proceso de esta naturaleza, éstas sean suficientemente socializadas, publicitadas y remitidas a la Contraloria General de Santiago de Cali para procurar que el ejercicio de nuestra función legal conduzca a que se emprendan acciones reales de mejoramiento de la gestión publica.

La presente Acción Preventiva se realiza sin perjuicio del control fiscal posterior que efectuará la Contraloría General de Santiago de Cali en desarrollo de su Plan General de Auditorías y tiene como propósito contribuir al mejoramiento de la gestión pública local mediante la ejecución de procesos rigurosos que permitan mitigar los riesgos financieros, técnicos, jurídicos y sociales, evitando incurrir en acciones atentatorias contra el patrimonio público de Santiago de Cali, enmarcadas en la prevalencia constitucional del interés general sobre el interés particular inherente a las decisiones de la gestión pública”.

Oficina Asesora de Comunicaciones
Yimy Melo García
Teléfonos 644 20 00 Ext: 160 – 312 896 04 42
Comunicaciones@contraloriacali.gov.co


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