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DIRECCIÓN OPERATIVA
Le corresponde formular conjuntamente con el Contralor Municipal
acciones tendientes a determinar la responsabilidad fiscal de
los funcionarios y exfuncionarios objeto del control fiscal adelantando
el Proceso de Responsabilidad Fiscal, hasta culminar en el Proceso
de Jurisdicción Coactiva acorde con los planes, programas,
proyectos, estrategias que se formule en ese sentido.
SUBDIRECCIONES OPERATIVAS DE RESPONSABILIDAD FISCAL COBRO
COACTIVO Y SANCIONES
Contribuiyen al cumplimiento de la Misión de la
Contraloría Municipal de Santiago de Cali, formulando en
coordinación con la Dirección Operativa las políticas,
planes, programas, proyectos y estrategias que permitan la obtención
de un óptimo desempeño del Sistema de Vigilancia
de la Gestión Fiscal.
EL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL:
se encuentra definido en la Ley 610 de 2000, Art. 1º como
el conjunto de actuaciones administrativas adelantadas por las
Contralorías con el fin de determinar y establecer la responsabilidad
de los servidores públicos y de los particulares, cuando
en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión
de ésta, causen por acción u omisión y en
forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado.
Los principios que rigen la vigilancia de la gestión fiscal
del Estado, se establecen en el Art. 8 de la ley 42 de 1993; precisando
los mismos así:
La eficiencia,
La economía,
La eficacia,
La equidad y
La valoración de los costos ambientales,
De tal manera que permita determinar en la administración,
en un período determinado, que la asignación de
recursos sea la más conveniente para maximizar sus resultados;
que en igualdad de condiciones de calidad los bienes y servicios
se obtengan al menor costo; que sus resultados se logren de manera
oportuna y guarden relación con sus objetivos y metas.
Así mismo, que permita identificar los receptores de la
acción económica y analizar la distribución
de costos y beneficios entre sectores económicos y sociales
y entre entidades territoriales y cuantificar el impacto por el
uso o deterioro de los recursos naturales y el medio ambiente
y evaluar la gestión de protección, conservación,
uso y explotación de los mismos.
En el Proceso de responsabilidad fiscal se garantizará
el debido proceso y su trámite se adelantará con
sujeción a los Principios establecidos en los artículos
29 y 209 de la Constitución Política y a los contenidos
en el Código Contencioso Administrativo.
GESTION FISCAL: Es el conjunto
de actividades económicas, jurídicas y tecnológicas,
que realizan los servidores públicos y las personas de
derecho privado que manejen o administren recursos o fondos públicos,
tendientes a la adecuada y correcta adquisición, planeación,
conservación, administración, custodia, explotación,
enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión
y disposición de los bienes públicos, así
como a la recaudación, manejo e inversión de sus
rentas en orden a cumplir los fines esenciales del Estado, con
sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía,
eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia, publicidad
y valoración de los costos ambientales.
ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL: La responsabilidad
fiscal estará integrada por los siguientes elementos:
- Una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza
gestión fiscal.
- Un daño patrimonial al Estado.
- Un nexo causal entre los dos elementos anteriores.
DAÑO PATRIMONIAL AL ESTADO:
Es la lesión del patrimonio público, representada
en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida,
o deterioro de los bienes o recursos públicos, o a los
intereses patrimoniales del Estado, producida por una gestión
fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente, e inoportuna,
que en términos generales, no se aplique al cumplimiento
de los cometidos y de los fines esenciales del Estado, particularizados
por el objetivo funcional y organizacional, programa o proyecto
de los sujetos de vigilancia y control de las contralorías.
SECRETARIA COMUN: Mediante Resolución
No 0100.24.03.09.004 del 20 de marzo de 2009, se implementó
la SECRETARIA COMUN y se adopto el Manual de notificaciones y
Comunicaciones al interior de la Dirección Operativa de
Responsabilidad Fiscal, con el fin de dinamizar de manera ágil,
eficaz, eficiente y oportuno el procedimiento de notificación
o comunicación de las providencias y demás actuaciones
que lo requieran siguiendo para ello los requisitos consagrados
en la Ley, propiciando de esta forma el efectivo derecho a la
acción y a la defensa.
EXPEDIENTES EN TRAMITE VIGENCIA 2008 A JULIO 2009
EXPEDIENTES VIGENCIA 2008
TOTAL 148
EXPEDIENTES VIGENCIA 2009 (A JULIO)
TOTAL 85 |